La declaración de renta es una de las obligaciones tributarias más importantes para los colombianos. Cada año, millones de personas naturales deben presentar ante la DIAN el resumen de sus ingresos, patrimonio y gastos del año anterior. Para el año gravable 2025, cuya declaración se presenta entre agosto y octubre de 2026, los topes y plazos ya están definidos.
En esta guía completa y actualizada te explicamos quiénes deben declarar, cuáles son los topes, las fechas de vencimiento según tu NIT, el paso a paso para hacerlo en línea, y las sanciones por no declarar a tiempo.

¿Quiénes deben declarar renta en 2026?
Están obligadas a presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025 las personas naturales que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
| Condición | Tope en UVT | Valor en pesos 2025 |
|---|---|---|
| Patrimonio bruto al 31/12/2025 | > 4.500 UVT | $224.096.000 |
| Ingresos brutos durante 2025 | ≥ 1.400 UVT | $69.719.000 |
| Consignaciones bancarias en 2025 | > 1.400 UVT | $69.719.000 |
| Responsable del IVA al 31/12/2025 | Sin tope | Obligatorio en todo caso |
Además, están obligadas las personas que hayan sido responsables del impuesto al consumo, o aquellas que siendo empleados tengan ingresos por honorarios, arrendamientos o cualquier otra fuente que supere los topes mencionados.
Calendario de vencimientos 2026
La DIAN establece un calendario escalonado según el último dígito del NIT (sin considerar el dígito de verificación). Las fechas aplican tanto para la presentación como para el pago de la primera cuota:
- NIT terminado en 01-02: 12 de agosto de 2026
- NIT terminado en 03-04: 19 de agosto de 2026
- NIT terminado en 05-06: 26 de agosto de 2026
- NIT terminado en 07-08: 2 de septiembre de 2026
- NIT terminado en 09-10: 9 de septiembre de 2026
- NIT terminado en 11-12: 16 de septiembre de 2026
- NIT terminado en 13-14: 23 de septiembre de 2026
- NIT terminado en 15-16: 30 de septiembre de 2026
- NIT terminado en 17-18: 7 de octubre de 2026
- NIT terminado en 19-20: 14 de octubre de 2026
- NIT terminado en 21-22: 21 de octubre de 2026
- NIT terminado en 23 en adelante y otras: 28 de octubre de 2026
Paso a paso para declarar renta en línea
Paso 1: Reúne tus documentos
Antes de empezar, ten a la mano: tu RUT actualizado, certificados de ingresos y retenciones (expedidos por tu empleador o clientes), extractos bancarios, certificados de deudas, tarjetas de crédito y soportes de activos.
Paso 2: Ingresa al portal de la DIAN
Accede a dian.gov.co e inicia sesión en la sección transaccional con tu usuario y contraseña. Si no tienes cuenta, créala con tu número de cédula y fecha de expedición.
Paso 3: Revisa tu Declaración Sugerida
La DIAN pone a disposición la Declaración Sugerida, una propuesta generada automáticamente con la información reportada por terceros (empresas, bancos, entidades). Puedes aceptarla, modificarla o hacer tu declaración desde cero.
Paso 4: Verifica los datos
Revisa que todos los ingresos, retenciones, patrimonio y deducciones estén correctos. Si encuentras diferencias, puedes corregir los valores manualmente siempre que tengas los soportes correspondientes.
Paso 5: Presenta y paga
Una vez verificada, presenta tu declaración. Si el resultado es un saldo a pagar, puedes hacerlo en dos cuotas: la primera al presentar y la segunda a más tardar en octubre de 2026. Si el resultado es a favor, puedes solicitar la devolución.
Documentos necesarios para declarar renta
- RUT actualizado (descárgalo desde dian.gov.co si no lo tienes)
- Certificado de ingresos y retenciones de tu empleador o clientes
- Extractos bancarios de todas tus cuentas (ahorros, corriente, CDT)
- Certificado de deudas (créditos hipotecarios, tarjetas de crédito)
- Soportes de activos: propiedades, vehículos, inversiones
- Certificado de aportes a fondos de pensiones voluntarias
- Información de tarjetas de crédito: consumo total del año
Sanciones por no declarar o declarar tarde
La DIAN impone sanciones económicas por incumplimiento. Las más relevantes:
- Extemporaneidad: 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso, sin exceder el 100% del impuesto.
- No declarar: sanción equivalente al 20% del mayor valor entre el patrimonio líquido del año anterior y los ingresos brutos.
- Corrección provocada: si la DIAN te requiere y corriges, la sanción puede ser del 10% al 20% del mayor valor a pagar.
Preguntas frecuentes
¿Si soy empleado con ingresos menores a $69 millones, debo declarar?
No, si tus ingresos brutos en 2025 fueron inferiores a 1.400 UVT ($69.719.000) y no cumples ninguna de las otras condiciones (patrimonio, consignaciones, IVA), no estás obligado a declarar. Sin embargo, si te hicieron retenciones en la fuente, puedes declarar para solicitar la devolución.
¿Qué pasa si no declaro en la fecha asignada?
La declaración se considera extemporánea y generará intereses moratorios y una sanción del 5% del impuesto a cargo por cada mes de retraso. Si el resultado es cero o a favor, la sanción se calcula sobre el menor valor entre 1.000 UVT y el patrimonio líquido.
¿Puedo declarar renta desde el celular?
Sí. El portal transaccional de la DIAN es accesible desde navegadores móviles. Puedes presentar tu declaración completamente desde tu teléfono.
¿La declaración de renta tiene algún costo?
Presentar la declaración por tu cuenta en el portal de la DIAN es gratuito. Solo si contratas un contador para que te asesore tendrás un costo adicional por sus honorarios profesionales.
Conclusión
Declarar renta en Colombia es un proceso que, aunque puede parecer complejo, se simplifica si conoces los topes, las fechas y los pasos correctos. La DIAN ofrece herramientas como la Declaración Sugerida que facilitan el trámite para la mayoría de contribuyentes.
Revisa si estás obligado a declarar, organiza tus documentos con anticipación y cumple con tu obligación tributaria dentro de las fechas establecidas para evitar sanciones. Para más información oficial, consulta el micrositio de Renta Personas Naturales 2025 de la DIAN.






